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Dependencia dijo prácticamente que Callao, Bellavista, La Perla y Ventanilla discriminaban al pedir prueba de Elisa a contrayentes

Total revuelo ha causado el informe emitido por la Defensoría del Pueblo en el cual se especifica que las municipalidades del Callao, Bellavista, La Perla, Ventanilla y Carmen de la Legua estarían solicitando el examen de VIH obligatoriamente a las personas quienes quieran contraer matrimonio. La respuesta por parte de la comuna chalaca no se hizo esperar. Su gerente general de salud, Miguel Ángel Reaño Llamosa, expresó que la información es totalmente falsa, y se vieron sorprendidos por la Defensoría del Pueblo. Según explicó la entidad nunca acudió al municipio para pedir información.

Por su parte, la gerente de registros civiles de la misma comuna, Carmen Murgueytio Zúñiga, se mostró “consternada” pues muchos medios impresos están tildando este acto como una discriminación a las personas que porten VIH. Para aclarar este tema dio a conocer los requisitos para contraer nupcias. Según informaron, entre ellos consta solicitud dirigida al alcalde, partida de nacimiento, copia fedateada del DNI de los contrayentes y de los testigos (uno de ellos debe ser chalaco), declaración jurada del estado civil de los contrayentes, publicación del edicto matrimonial, certificado médico prenupcial y pagar derecho de trámite. Como se conoció en ninguno de los municipios mencionados se exige la prueba de Elisa como un requisito y por ello, en las próximas horas este caso sería derivado a la Procuraduría para que sea investigado. El municipio chalaco afirmó que emitirá un comunicado desmintiendo esta versión de la Defensoría. Más perjudicados Asimismo, el municipio de La Perla también se pronunció. Indicó que no se está exigiendo tal requisito, simplemente solicitaban un certificado médico pre- nupcial (éste sirve para verificar el tipo de sangre). Aclararon, eso sí, que los contrayentes deben pasar por consejería para conocer su actividad sexual. Del mismo modo, la comuna de Ventanilla también aclaró que jamás han solicitado la prueba de Elisa a los novios, de modo que la Defensoría del Pueblo también mintió en su informe con respecto a este distrito. Personal de este municipio emitirá un comunicado para desmentir la noticia. Funcionarios de la Municipalidad de Bellavista hicieron lo propio, desmintieron que realizarse la prueba de Elisa sea un requisito indispensable en su comuna. En ambos casos negaron la información, inclusive, pusieron como antecedente que fueron ellos quienes casaron a dos personas con VIH porque fueron discriminados en Jesús María. Por otro lado, pese a que se intentó en repetidas ocasiones, hasta el cierre de la edición no se pudo obtener la declaración de los funcionarios de Carmen de la Legua. Asimismo, caso más resaltante, la oficina de Imagen Institucional de la Defensoría del Pueblo no emitió declaraciones por encontrarse, según dijeron, con una agenda muy recargada. Recién el día lunes podrían atender a este diario. La ley Según el código civil, todas las personas que padezcan de enfermedades crónicas, contagiosas y trasmisibles por herencia, o de vicio, que constituya peligro para la prole, no podrán contraer nupcias. Sí lo analizamos detenidamente se podría decir que las personas con VIH estarían impedidas de casarse. Sin embargo, de la Constitución se puede extraer otra realidad. La ley N °26626 en su artículo 4 afirma que las pruebas para diagnosticar el VIH/ SIDA son voluntarias y se realizan previa consejería, lo cual significa que ninguna entidad puede exigir a la persona realizarse el examen de Elisa. Para muchos podría resultar contradictorio este ejemplo, pero la interpretación de las leyes muchas veces puede llevarnos por diversos caminos. Lo que está claro es que los municipios provinciales y distritales no pueden tomarse atribuciones que la ley prohíbe.

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