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Los empleados del sector público y privado que deban trasladarse a una provincia distinta a la de su centro de trabajo para ejercer su derecho a voto tendrán permiso para no laborar entre los días 8 y 11 de abril. Tal cual lo dispone el Decreto Supremo 015–2011, de la PCM, mediante el cual se otorga una serie de facilidades a los trabajadores para el día de los comicios electorales el domingo 10 de abril. Mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá en el sector privado la forma recuperación de los días no laborados. Las personas que actúen como miembros de mesa y cuyas jornadas de trabajo coincidan con el 10 de abril están facultadas para no asistir a sus centros de labores, sin perjuicio.


Tolerancia en hora de ingreso


Los trabajadores de ambos sectores que no se encuentren en los supuestos de esta norma y cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de las elecciones, tienen derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para poder votar.

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